lunes, 19 de marzo de 2012

Activos financieros: Inversiones mantenidas hasta el vencimiento

A partir de ahora, los activos financieros tienen un tratamiento similar a los préstamos y partidas a cobrar así que haré ciertas referencias. El PGC se refiere a "Inversiones mantenidas hasta el vencimiento" como a: "los valores representativos de deuda, con una fecha de vencimiento fijada, cobros de cuantía determinada o determinable, que se negocian en un mercado activo y que la empresa tenga la intención efectiva y la capacidad de conservarlos hasta su vencimiento" (NRV 9ª, 2.2).

La muletilla de que "la empresa tenga la intención efectiva y la capacidad de conservarlos hasta su vencimiento" es para evitar la especulación a corto plazo ya que se tiene un tratamiento contable favorable para este tipo de operaciones.

Para ver más extendida esta definición es recomendable leerse en la NIC 39, lo apartados de las GA16-25 (página 37).

Unos ejemplos de productos financieros que entran dentro de este apartado son: bonos con cupón fijo periódico, bonos cupón cero, bonos a tipo variable y que no entran: renta variable, renta fija con opción de amortización para el tenedor y renta fija perpetua.

La valoración inicial es a valor razonable, por norma general, también hay que registrar de modo separado los intereses explícitos devengados y no vencidos. La valoración posterior es a coste amortizado.

Vamos a ver un ejemplo extraído de partidadoble.es:

Ejemplo. Valores representativos de deuda (cotizados o no)

Se adquiere un pagaré en la fecha de emisión, el 31 de diciembre de 2007, por importe de 16.000 €, que será reembolsable dos años después en 17.000 €. Costes de transacción atribuibles al adquirente = 160 €. Calcular el tipo de interés efectivo de la operación, como paso previo para confeccionar el cuadro financiero que permita contabilizar adecuadamente la operación durante los ejercicios 2008 y 2009.

Solución

Cálculo del tipo de interés efectivo:

16.160 = 17.000 (1 + i)-2

Rédito = 2,56608 %

i (tanto por uno) = 0,0256608

Por la compra del pagaré, la valoración inicial se hace por el valor razonable que equivale al precio de la transacción más los costes de transacción (apartado 2.2.1 Valoración inicial de la NVR 9ª):

Según el PGC de PYMEs existe la posibilidad de registrar los costes de la transacción de 160 € en la cuenta de P y G en el momento de su reconocimiento inicial:

Al cierre del ejercicio 2008, por la valoración a coste amortizado, quedando los intereses devengados recogidos en la cuenta de P y G por el método del tipo de interés efectivo:

Además se producirá la reclasificación del Activo financiero:

Al cierre del ejercicio 2009, de forma similar al ejercicio anterior, se producirá el devengo de intereses y finalmente el reembolso del pagaré como estaba fijado:


Como cosas importantes, vemos que se devengan anualmente los intereses y que hay que reclasificar la deuda.

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