Mostrando entradas con la etiqueta activos no corrientes mantenidos para la venta. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta activos no corrientes mantenidos para la venta. Mostrar todas las entradas

martes, 6 de diciembre de 2011

Grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta

La N.R.V. 7ª 2) del PGC lo define como "el conjunto de activos y pasivos directamente asociados de los que se va a disponer de forma conjunta, como grupo, en una única transacción. Podrá formar parte de un grupo enajenable cualquier activo y pasivo asociado de la empresa, aún cuando no cumpla la definición de activo no corriente, siempre que se vaya a enajenar de forma conjunta".

En cuanto a la valoración, se sigue la norma de los activos no corrientes vista en la entrada anterior, en caso de aplicar deterioro de valor se aplicará la norma 2ª2 del Inmovilizado Material. El deterioro se aplica en primer lugar al fondo de comercio y posteriormente al valor de los activos no corrientes.

Cabe decir que no se aplica en el PGC de PYMES.

Ejemplo (extraído de aquí):

La sociedad DISPER,S.A. tiene una delegación en París en la que existen los siguientes elementos patrimoniales:

El valor razonable de la delegación es de 685.000 € siendo los gastos de venta de 5.000€. Dicha delegación no marcha como pensábamos cuando la adquirimos por lo que se ha decidido cambiar su clasificación a finales de 2008 a mantenida para la venta. A 31 de diciembre de 2009, el valor razonable es de 675.000 € y los gastos de venta 5.000 €.

Solución:

AÑO 2008:

Estamos ante una reclasificación de un grupo enajenable de elementos mantenidos para la venta, pero antes veamos si existe o no pérdida por deterioro y recordemos que primero tendremos que dar de baja el fondo de comercio:

Valor contable: 300.000+200.000+20.000+330.000-150.000= 700.000 €
Valor razonable-costes de venta: 685.000-5.000= 680.000 €

Según la norma de activos no corrientes mantenidos para la venta, se valorará por el menor entre estos dos valores, por lo que procede una pérdida por deterioro de 20.000 €. Ahora bien, en este caso, este valor es igual al fondo de comercio por lo que procedemos a darle de baja sin posibilidad de reversión:

31/12/08
Ahora, reclasificaremos a mantenido para la venta:

AÑO 2009:

Tenemos que comprobar al cierre (31/12) el posible deterioro de valor y en caso de que le haya, éste deterioro se deberá repartir en los activos no corrientes dentro del grupo enajenable, de forma proporcional a su valor en libros. En este caso serían la maquinaria y el mobiliario.

Valor contable: 680.000 €
Valor razonable - gastos venta: 675.000-5.000= 670.000 €
Deterioro= 10.000€ (como uno es 300.000 y el otro 200.000, entonces queda en una proporción de 3/5 y 2/5), entonces= 6.000 y 4.000 como vemos en el asiento:

lunes, 28 de noviembre de 2011

Activos no corrientes mantenidos para la venta (ejemplos)

Ejemplo (extraído del CEF):

Una empresa compra el 01/07/2008 una maquinaria por 120.000 € y la amortiza linealmente en 5 años. El 01/07/2010 decide ponerlo a la venta, ya que se cambia el proceso productivo y se da de baja el producto para la que se utilizaba. El valor razonable a 01/07/2010 se estima en 50.000 €. A fin de año, se calcula un valor razonable de 45.000€ y finalmente se vende en marzo de 2011 por 40.000€. IVA: 18%, la empresa no sigue la contabilidad de PYMES.

Solución:

01/07/2008, Por la compra de la maquinaria:

31/12/2008, Se amortiza lo correspondiente al medio año:

31/12/2009, Amortización anual:

01/07/2010, Una vez que se decide la venta, amortizamos lo correspondiente hasta la fecha y reclasificamos el activo:


31/12/2010, Por el deterioro de 5.000€:

01/03/2011, Por la venta de la maquinaria:

domingo, 27 de noviembre de 2011

Activos no corrientes mantenidos para la venta (teoría)

A partir de esta entrada, voy a tratar de poner la relación existente entre la normativa española y las IFRS ó NIIC, en el caso que nos ocupa, los activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones interrumpidas, su traducción al inglés será : "non-current assets held for sale and discontinues operations", y su interpretación contable vendrá recogido en la IFRS nº5, en ésta página viene perfectamente explicado(ENG).

Dicho esto, vamos con la definición de activo no corriente mantenido para la venta:

Es un activo no corriente (obvio) que necesariamente:

- Está disponible para su venta inmediata.
- (y) Su venta es altamente probable, lo que significa que:
-La empresa ha iniciado un plan para vender el activo, buscando comprador.
-La venta se negocia activamente a un precio adecuado en relación con su valor razonable actual.
- Se espera completar la venta en el año siguiente a la fecha de su reclasificación, salvo que, por hechos o circunstancias fuera de control de la empresa, el plazo de entrega se tenga que alargar y exista evidencia suficiente de que la empresa siga comprometida con el plan de disposición del activo.
-Las acciones para completar el plan indiquen que es improbable que haya cambios significativos en el mismo o que vaya a ser retirado.

Ahora vamos a ver el tratamiento contable (regulado por la NRV 7ª):

Valoración: el menor entre el valor contable y el valor razonable menos los costes de venta.

Amortización: no se puede amortizar, aunque sí registrar el deterioro (caso de que el vr-costes de venta sean menores al valor contable).

Beneficios: los rendimientos obtenidos hasta su venta (por ej. alquiler de inmueble) se registrarán como resultado neto de actividades interrumpidas.
Lo anterior no se aplicará a las siguientes partidas:
- Activos por impuestos diferidos, se les aplica la norma 13ª de Impuestos sobre benef.
- Activos procedentes de retribuciones al personal , que se rige por la norma 16ª de Pasivos por retribuciones a L/P al personal.
- Activos financieros, excepto inversiones en el patrimonio de empresas del grupo, multi y asociadas que se regula por la norma 9ª de Instrumentos financieros.

Reversión: se incorporará a la partida que sea su naturaleza original y se valorará por el menor entre el valor contable antes de su clasificación, incorporando las amortizaciones y correcciones que hubieran correspondido y el valor recuperable (el mayor entre el valor razonable menos costes de venta y valor en uso).

Esta norma 7ª no se aplica en el PGC de PYMES. Cuando se vende, se amortiza hasta la fecha, se da de baja el activo y ya está.

A nivel práctico: tendremos que mirar el impacto en el fondo de maniobra (act.corriente - pasivo corriente) en caso de que no se termine vendiendo el activo. Lo ideal (salvo excepciones) sería tener cubierto previamente el pasivo corriente. Además habrá que tener en cuenta el efecto de no amortizar en la cuenta de pérdidas y ganancias (mínimo).

domingo, 2 de octubre de 2011

Inmovilizado intagible, Activos no corrientes para la venta y arrendamientos



Dentro del cuadro de cuentas éstos son (junto con sus respectivos deterioros o depreciaciones/amortizaciones) los números de cuentas afectas que vamos a estudiar, por lo tanto vamos a ver: Inmovilizado Intangible, Activos no corrientes mantenidos para la venta y la problemática contable de los Arrendamientos.

Es una buena introducción a los Activos Financieros, ya que se ven conceptos que nos van a servir para el siguiente tema.

Sin más pasamos al Inmovilizado Intangible...