domingo, 18 de diciembre de 2011

Arrendamientos financieros (II): contabilidad del arrendatario (teoría)

Siguiendo con los arrendamientos financieros, vamos a ver cómo se contabiliza un arrendamiento financiero desde la parte del arrendatario, ésto no es exclusivo de nuestro ordenamiento jurídico, sino que como venimos observando también se encuentra presente en las NIC: en concreto con la nomenclatura: "Accounting by lesees" (lit.: contabilidad de los arrendatarios) y como vemos aquí, las principales IAS son las: 17.20,25,27 y 33.

Pues bien, el arrendatario, al principio del contrato registra un activo según su naturaleza, inmovilizado material o activo intangible, y un pasivo financiero por el mismo importe. Por lo que a la entrada del activo financiado por ejemplo mediante leasing, se deberá contabilizar el activo según la naturaleza, si es una maquinaria como maquinaria, si es un elemento de transporte como elemento de transporte.

Respecto a la valoración, el valor del activo y la deuda va a ser el menor entre el valor razonable del activo al inicio del contrato y el valor actual de los pagos mínimos acordados durante el plazo del arrendamiento, incluido el pago de la opción de compra o el valor residual, cuando no existan dudas razonables sobre su ejercicio. En los pagos por arrendamiento no se incluyen ni las cuotas de carácter contingente ni el coste de los servicios e impuestos que pueda repercutir el arrendador (por ejemplo las cuotas adicionales por superar unos determinados kilómetros en un renting de coches).

Los costes de formalización del contrato y de puesta a punto deben registrarse como mayor valor del activo.

Para el cálculo del valor actual, deberemos pedir el tipo de interés que vamos a utilizar en el contrato y tener a mano las tablas de los pagos.

En caso de cuotas de carácter contingente (recordemos la cuota por superar unos kms. en el renting) se tratarán como gastos del ejercicio.

Por último recordar que debido a la corta liquidez que tienen actualmente las empresas, es necesario financiarse mediante este tipo de arrendamientos por lo que es importante para sus profesionales saber como gestionarlos y como contabilizarlos.



2 comentarios:

  1. Esta muy bien el blog, no lo conocía hasta ahora, me pasaré más a menudo a leerlo. Aprovecho para felicitarte el 2012, un saludo!!

    ResponderEliminar
  2. Espero que te guste su evolución,

    Muchas gracias y feliz año

    ResponderEliminar